¿Qué establece la Resolución Conjunta 23/2023?

Esta norma incorporó el Artículo 17 bis al Código Alimentario Argentino, disponiendo que todos los establecimientos elaboradores de envases y utensilios en contacto con alimentos deben contar con un Director Técnico: un profesional universitario, o técnico superior, que a criterio de la autoridad sanitaria competente esté capacitado para cumplir con las funciones del CAA.

¿Quiénes están exceptuados?

Los establecimientos que producen exclusivamente los siguientes materiales quedan exceptuados:

  • Vidrio
  • Corcho natural
  • Madera
  • Cerámica
  • Productos textiles

Plazos de adecuación

La norma entró en vigencia el 8 de septiembre de 2024. Las fábricas de envases contaron con un plazo adicional de 365 días, extendiendo la obligatoriedad hasta el 8 de septiembre de 2025. Si tu empresa todavía no se adecuó, está fuera del plazo y en situación irregular.

Cómo acompaña BFood el proceso

01

Evaluación de alcance

Determinamos si tu establecimiento está alcanzado por la norma o si aplica alguna excepción según el material que elaborás.

02

Designación del Director Técnico

BFood provee el servicio de Dirección Técnica habilitada para que tu establecimiento cumpla con el Artículo 17 bis del CAA.

03

Documentación y registros

Preparamos y actualizamos toda la documentación interna exigida por la autoridad sanitaria competente.

04

Presentación ante la autoridad sanitaria

Gestionamos la formalización y el seguimiento hasta completar la adecuación.

Preguntas frecuentes

Si fabricás envases o utensilios en contacto con alimentos y no designaste un Director Técnico antes del 8 de septiembre de 2025, tu establecimiento está en situación irregular. Consultá con BFood para regularizar.
Operar sin Director Técnico cuando corresponde puede derivar en sanciones, suspensión de la habilitación y restricciones para comercializar los productos.